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Gracias al Real Decreto aprobado en 2015 por el Consejo de Ministros la tramitación de los expedientes de constitución de sociedades limitadas se realizan en unos plazos muy breves además de ahorrar en costes. Según la normativa legal la escritura pública de la sociedad debería autorizarse en el plazo máximo de 12 horas hábiles y calificarse e inscribirse, en su caso, en el Registro Mercantil en el plazo de 6 horas. Se establecen por tanto unos exigentes requisitos temporales que la ley es consciente de que solamente pueden ser alcanzados con la estandarización de los estatutos sociales correspondientes a la constitución de la sociedad. Por ello establece en el citado artículo la necesidad de la existencia de unos estatutos-tipo que permitan la autorización de la escritura de constitución y la calificación e inscripción de la misma en tan breves plazos.

El sistema de tramitación electrónica de estos expedientes se llama CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas). ​​​El CIRCE es un sistema de información que permite realizar de forma telemática, los trámites de constitución y puesta en marcha de determinadas sociedades mercantiles en España, también se puede realizar el cese de los empresarios individuales (Autónomos) y de las Sociedades Limitada, Limitada de formación sucesiva y Nueva Empresa.

Los tipos de sociedades que se pueden crear a través de CIRCE son, por tanto:

El emprendedor sólo deberá cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE) que engloba multitud de formularios y CIRCE, de forma automática, realiza todos los trámites necesarios para constituir la empresa, comunicándose con todos los organismos implicados (Agencia Tributaria, Seguridad Social, Registro Mercantil, Notaría, etc.).

Para la cumplimentación del DUE, el emprendedor tiene dos alternativas.

  • Acudir a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), donde se le asesorará en todo lo relacionado con la definición de su proyecto empresarial y se le permitirá iniciar los trámites de constitución de la empresa.
  • Iniciar dichos trámites por sí mismo a través del Portal CIRCE, rellenando personalmente el DUE, para lo cual es necesario disponer de un certificado electrónico.

La tramitación telemática ofrece mayor agilidad, a la hora de crear una empresa, que la tramitación presencial. Además, requiere menos desplazamientos a los distintos organismos. La tramitación telemática implica a los diferentes organismos competentes en la creación de una empresa, permitiendo la comunicación entre ellos y acelerando la creación de la misma.

Por último, aportamos unos gráficos realizados por el CIRCE en los que se puede ver de una manera visual las ventajas de la constitución telemática de sociedades.

TRAMITADO DE FORMA PRESENCIAL

Constitución presencial de una sociedad

 

TRAMITADO DE FORMA TELEMÁTICA (SEGÚN TIPO DE SOCIEDAD)

Constitución telemática de una sociedad