ESTUDIANTES EXTRANJEROS
DERECHO A RESIDIR Y TRABAJAR
El reciente Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, ha modificado el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y ha traído importante novedades en materia de inmigración en España. En el día de hoy analizaremos las principales novedades relacionadas con estudiantes extranjeros, como son la eliminación del requisito de estancia en España de más de 3 años de los estudiantes extranjeros para poder solicitar la modificación de su estancia por estudios a una residencia que autorice a residir y trabajar en España y el derecho a trabajar sin tener que solicitar una autorización de trabajo siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.
DERECHO AL TRABAJO DE ESTUDIANTES EXTRANJEROS
YA NO ES NECESARIO QUE LOS ESTUDIANTES SOLICITEN UNA AUTORIZACIÓN DE TRABAJO SIEMPRE Y CUANDO SUS ESTUDIOS CUMPLAN UNA SERIE DE REQUISITOS
Desde la entrada en vigor Del Real Decreto, 16 de agosto de 2022, se establece que la autorización de estancia por estudios obtenida en virtud del artículo 37.1.a) autorizará a trabajar por cuenta propia y ajena, siempre que esta actividad laboral sea compatible con la realización de esos estudios, y se trate de estudios superiores, de una formación reglada para el empleo o destinada a la obtención de un certificado de profesionalidad, o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica.
ELIMINACIÓN NECESIDAD DE HABER PERMANECIDO MÁS DE 3 AÑOS EN ESPAÑA PARA REGULARIZAR
YA NO ES NECESARIO QUE LOS ESTUDIANTES HAYAN PERMANECIDO MÁS DE 3 AÑOS EN ESPAÑA PARA MODIFICAR SU SITUACION DE ESTANCIA A RESIDENCIA Y TRABAJO
Antes se requería a los estudiantes para poder modificar su situación la permanencia en España por más de 3 años, algo que muchos no cumplían lo cual les dejaba en una situación de irregularidad. Ahora los estudiantes extranjeros podrán solicitar la modificación de su estancia por estudios a una situación de residencia y trabajo, siempre y cuando hayan superado los estudios, formación o las prácticas con aprovechamiento.